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INFORMACIÓN SOBRE LA ADOPCIÓN EN FILIPINAS Y KAZAJSTÁN

05/09/2011

FILIPINAS

 

 

Desde la Dirección General de Asuntos Consulares y Migratorios, del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, han hecho llegar información procedente de la Embajada de España en Manila sobre la reunión mantenida por el Canciller del Consulado General de España con la Directora Ejecutiva del Intercountry Adoption Board (ICAB).

 

Este encuentro ha venido motivado por un escrito remitido por un grupo de familias españolas al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español elevando una queja por el retraso de los trámites de las adopciones internacionales en Filipinas.

 

La Directora Ejecutiva del ICAB traslada la siguiente información sobre la situación de la adopción internacional:

 

-Se ha producido un incremento exponencial de familias españolas solicitantes de adopción en Filipinas a partir del año 2008, que podría deberse al alargamiento de los procesos de adopción en China.

 

-El total de familias extranjeras aprobadas para adoptar y pendientes de asignación de niños filipinos es de 1.135, de las cuales 449 son familias españolas.

 

-Considera que la causa del retraso en la culminación de los procesos de adopción en Filipinas no puede ser la adopción nacional, pues ésta no ha crecido en los últimos años. En 2010, 350 niños han sido adoptados

 

-El número de adopciones internacionales en Filipinas es anualmente de unos 400-500

menores. De ellos, el 50% tienen necesidades especiales, bien por la edad de los menores o por problemas médicos o psicológicos. Las familias españolas no suelen admitir niños con estos perfiles dirigiendo su solicitud preferentemente para menores hasta los tres años y estado de salud sano.

 

-El tiempo de espera hasta la asignación de un niño está entre 2 y 3 años. Filipinas tiene un número limitado de niños para adopción internacional y, a pesar de los esfuerzos que se han hecho para reducir el número de solicitudes, aún tienen una larga lista de familias solicitantes ya aprobadas.

 

-Recientemente se ha modificado la legislación filipina. A partir de ahora, ya no serán los Tribunales los que tengan la competencia para decidir cuándo se dan las condiciones de abandono que posibiliten la adopción, sino que será el Departamento de Acción Social y Desarrollo. La Directora Ejecutiva ha asegurado que el mencionado Departamento establecerá las líneas directrices del proceso de selección de los posibles niños para adopción internacional lo que, además de incrementar el número de niños susceptibles de adopción internacional, agilizará los plazos y, en consecuencia, reducirá la lista de espera.

 

 

 

 

KAZAJSTÁN

 

La Subdirección General de Asuntos Jurídicos Consulares da información sobre la situación de la adopción internacional en Kazajstán, referente a los plazos previstos en los que este país podría reiniciar los procesos de adopción internacional.

 

Para conocer las previsiones oficiales de las autoridades kazajas, representantes de la Embajada de España en Astana han mantenido contactos con el Comité de Protección de Derechos del Menor del Ministerio de Educación y Ciencia, Autoridad Central designada en Kazajstán en el marco del Convenio de la Haya de Adopción Internacional, en los que se les informa de los siguientes aspectos:

 

-Por el momento, no es posible determinar cuándo Kazajstán reabrirá las adopciones internacionales.

-El nuevo Código de Familia se encuentra todavía en trámite parlamentario. El Parlamento, está actualmente de vacaciones y no reiniciará sus sesiones hasta el mes de septiembre. Finalizada esta etapa se requerirá su aprobación final por el Presidente de la República.

-Una vez aprobado el nuevo Código de Familia, las autoridades podrán reiniciar el procedimiento de acreditación de ECAIs en dicho país.

 

Ante lo expuesto, el criterio manifestado por la Embajada de España es el de mantener el acuerdo de suspensión de la tramitación de nuevos expedientes de solicitud de adopción acordado en su día en la Comisión Interautonómica de Directores y Directoras Generales de Infancia.

 

La Embajada continuará siguiendo con atención el proceso de aplicación de la nueva normativa y, si constata que se garantiza de forma efectiva el interés superior del menor en los procesos de adopción, informará a las Entidades publicas españolas competentes para que en su caso puedan reconsiderar el acuerdo adoptado.

 


 

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